La Liga de Béisbol
Profesional (Lidom), confiscó a favor de los Gigantes del Cibao el
partido que perdieron el martes 22 frente a los Tigres del Licey, con
pizarras de 10 vueltas a una en el Estadio Quisqueya Juan Marichal.
La
determinación lleva a los favorecidos a la primera posición del torneo
de béisbol otoño/invernal de la República Dominicana con récord de 15-10
y manda a los Tigres del Licey al tercer lugar con 14-13, a 2.0 juegos
del primer lugar. Los Leones del Escogido están segundo con 15-12; a un
juego; Águilas del Cibao 14-16 a 3.5 juego; Estrellas Orientales 12-15 a
4.0 juegos y los Toros del Este en el último lugar con 13-17 a 4.5
juegos.
La forma imperativa en que está redactado el párrafo uno del Articulo 31 del reglamento, deja alternativa al Presidente de la Liga, puesto que le manda la confiscación del partido a favor del equipo afectado.
La
resolución firmada por el presidente de la Lidom, doctor Leonardo Matos
Berrido, se amparó en el artículo 31 del reglamento del torneo que
apoya la determinación cuando afirma que “Cuando un jugador entre a
juego sin estar debidamente inscrito en el ROSTER DEL DIA, y ese juego
es protestado por el equipo afectado, el Presidente de la Liga ordenará
la confiscación del partido a favor del equipo afectado”.
La
forma imperativa en que está redactado el citado párrafo no deja
alternativa al Presidente de la Liga, puesto que le manda la
confiscación del partido a favor del equipo afectado.
Según
establecen las reglas del béisbol, partido concluye nueve vueltas a
cero, a favor de los Gigantes y son válidos los todos las actuaciones,
exceptuando de los lanzadores en el renglón ganado y perdido.
La
resolución contempla que los favorecidos con la resolución cumplieron el
protocolo de protesta, al formularla en el tiempo hábil dentro del
partido y en los plazos dados por la Lidom, en sus oficinas y que de
igual manera se escucharon los alegatos de los Tigres del Licey quienes
señalaron que la presencia de Juan Miranda en el juego no afectó el
resultado del encuentro y que por ende no debería tomarse en
consideración para la revocación del mismo.
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